El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha emitido nuevas disposiciones que regulan el manejo del Registro Federal de Contribuyentes durante los procesos de fusión y escisión de empresas, simplificando trámites y estableciendo plazos más cortos para su gestión.

Cambios significativos en la regulación

Mediante la publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) del pasado 15 de marzo, el SAT dio a conocer modificaciones importantes a la Resolución Miscelánea Fiscal en lo referente a los procedimientos de fusión y escisión de sociedades mercantiles, con especial atención a la gestión del RFC durante estos procesos de reestructuración corporativa.

Las nuevas disposiciones, que entrarán en vigor el próximo 1 de mayo de 2025, buscan agilizar los trámites fiscales asociados a estas operaciones empresariales y brindar mayor certeza jurídica a los contribuyentes involucrados.

Principales cambios para fusiones

En el caso de las fusiones, las modificaciones más relevantes incluyen:

  • Plazo reducido: El tiempo para realizar los trámites de actualización del RFC se reduce de 30 a 15 días hábiles posteriores a la fusión.
  • Trámite unificado: Se implementa un formulario único digital que reemplaza los múltiples formatos anteriormente requeridos.
  • Baja automática: El RFC de las empresas fusionadas se dará de baja automáticamente una vez completado el trámite de la fusionante.
  • Portal especializado: Creación de una sección específica en el portal del SAT para estos trámites.

Las sociedades fusionantes deberán presentar, además del aviso de fusión, un inventario digital de los RFCs de todos los trabajadores de las empresas fusionadas, con el fin de actualizar automáticamente su situación laboral en los sistemas del SAT.

Novedades para procesos de escisión

En cuanto a las escisiones, se establecen las siguientes disposiciones:

  • Asignación inmediata: Las sociedades escindidas recibirán su RFC de manera inmediata tras la presentación del aviso correspondiente.
  • Transferencia de historial: Se implementa un mecanismo para transferir el historial fiscal proporcional a cada sociedad escindida.
  • Verificación simplificada: Se elimina la necesidad de visitas de verificación física para comprobar domicilios fiscales en estos casos.
  • Prellenado inteligente: El sistema utilizará la información ya disponible del contribuyente para facilitar el llenado de los nuevos formatos.
"Estos cambios representan una reducción de aproximadamente 70% en la carga administrativa para las empresas que atraviesan procesos de reestructuración. Estimamos que el tiempo promedio para completar estos trámites pasará de 45 días a solo 12 días hábiles." - Director de Padrón y Servicios del SAT

Sistema de transición histórica del RFC

Una de las innovaciones más destacadas es la implementación del "Sistema de Transición Histórica del RFC" (SITRAF), que permitirá:

  1. Mantener un registro histórico de las modificaciones al RFC por fusiones y escisiones.
  2. Conservar la trazabilidad fiscal de las operaciones previas a estos procesos.
  3. Facilitar la consulta de antecedentes fiscales para efectos de auditorías o aclaraciones.
  4. Generar reportes automáticos de movimientos en el RFC para todas las partes involucradas.

Ejemplo práctico del nuevo proceso

Una empresa "A" que absorbe (fusiona) a las empresas "B" y "C" seguiría estos pasos:

  1. Presentar el aviso de fusión a través del portal del SAT, adjuntando el acta protocolizada.
  2. Completar el nuevo formulario unificado, indicando los RFCs de todas las empresas involucradas.
  3. Enviar el inventario digital de empleados mediante el formato estandarizado.
  4. Recibir la confirmación automática y actualización del RFC de la empresa fusionante.
  5. Las empresas fusionadas recibirán automáticamente el estatus de "fusionada" y posteriormente "baja por fusión".

Medidas para prevenir prácticas indebidas

El SAT ha implementado también nuevos controles para evitar que las fusiones y escisiones se utilicen como mecanismos de evasión fiscal:

  • Sistema de alertas tempranas que identifica patrones sospechosos en estas operaciones.
  • Mayor intercambio de información con los Registros Públicos de Comercio.
  • Validación cruzada con la información de declaraciones de impuestos previas.
  • Monitoreo especial durante los primeros 24 meses posteriores a fusiones o escisiones.

Calendario de implementación

La implementación de estas nuevas disposiciones seguirá el siguiente calendario:

  • 1 de mayo de 2025: Entrada en vigor de las nuevas disposiciones.
  • 1-31 de mayo: Periodo de transición donde ambos sistemas estarán operativos.
  • 1 de junio: Implementación completa del nuevo esquema y cierre del anterior.
  • Octubre 2025: Evaluación de resultados y posibles ajustes al sistema.

Para facilitar la transición, el SAT ha anunciado la publicación de una guía detallada y la realización de webinars explicativos durante abril y mayo. También se habilitará una mesa de ayuda especializada para resolver consultas específicas sobre estos trámites.

Especialistas fiscales y corporativos han recibido positivamente estos cambios, señalando que representan una modernización necesaria que puede incentivar la reestructuración empresarial al reducir los costos administrativos y la incertidumbre jurídica asociados a estos procesos.